En la Ciudad: La llamada desde celulares todavía se cobra por minuto y no por segundo

Los usuarios de telefonía esperaban una buena noticia para las Fiestas, pero tendrán que esperar. La Justicia había intimado a Movistar, Claro, Personal y Nextel a que dejen de cobrar las llamadas de a minutos enteros y pasen a fraccionarlas por segundo. Es decir, por ejemplo, que ya no facturen el costo de un minuto completo a quienes sólo conversan 5 o 10 segundos, como hasta ahora se hizo. El plazo venció ayer, pero ninguna de las cuatro operadoras modificó sus sistemaspara evitar esos “redondeos”. Por eso, ahora las denunciaron por “desobediencia”.

La intimación a fraccionar por segundo figura en medidas cautelares a las que hicieron lugar dos jueces federales de San Nicolás, a pedido de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). Fue en cuatro demandas colectivas iniciadas por la entidad tras considerar que, al cobrar el valor de 60 segundos cuando se habla menos, las empresas violan la resolución 45/12 de la Secretaría de Comunicaciones, según la cual las llamadas deben tasarse “hasta el momento en que finaliza la comunicación”.

Los magistrados le habían ordenado a cada empresa que, mientras avanzara la causa, ajustara “su unidad de facturación a segundos” de modo que “ cobre a los usuarios la fracción de tiempo efectivamente utilizada ”. Y las compañías, notificadas el viernes sobre esta novedad, tenían tres días para implementarla. Pero no ocurrió.

“Ninguna cambió la forma de facturar. Plantearon que les resultaba técnicamente imposible hacerlo en tres días y pidieron una prórroga, pero hasta ahora el juez no extendió el plazo. Por lo cual, se encuentranen situación de incumplimiento. Lo que hicimos, entonces, fue pedir que se las multe y que se pasen los antecedentes a la justicia penal por el delito de desobediencia”, explicó Adrián Bengolea, presidente de UCU.

Lo que argumentan en las compañías es que la resolución 45/12 no se refiere a la tasación por segundo. Según coinciden, la norma se hizo para que el usuario no deba pagar por el tiempo que pasa entre que presiona la tecla verde (“send”) y alguien contesta. Eso, afirman, se cumple sin excepciones.

Además, Claro, Personal y Movistar ya apelaron la medida cautelar, pidiendo que se las exima de cumplirla, según confirmaron sus respectivos voceros. Nextel, en tanto, no contestó las consultas.

Luis Blasco, presidente de Telefónica (Movistar), afirmó ayer que están evaluando el impacto de la medida, que a algunos clientes ya les estaban cobrando por segundo y que, en caso de aplicarse a todos, ciertos planes quizás pierdan beneficios. En Claro, por su parte, afirmaron que acatarán lo que dictamine la Justicia. Pero sobre la medida cautelar, como ellos la apelaron, consideran que ahora “no hay fechas estipuladas” para su cumplimiento.

Sin embargo, el apelar no eximiría a las empresas de acatar la orden. “Aunque la recurran, deben cumplirla sí o sí hasta que se defina el fondo del pleito ”, indicó el abogado Jorge Surin, profesor de Defensa del Consumidor de la Universidad de Belgrano.

Y también el Gobierno nacional se sumó a la polémica. El secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, opinó ayer que el fraccionamiento por segundo ayuda a “garantizar el derecho a la comunicación a precios accesibles”. Pero advirtió, en línea con la postura de las empresas, que su implementación demandará “un análisis técnico complejo” que lleva tiempo.

El modo de fraccionamiento es muy sensible para las compañías y para los usuarios porque hay millones de pesos en juego. Basta pensar que si hoy un cliente prepago debe abonar $ 3,30 por una llamada de 20 segundos, desde ahora ese costo tendría que bajar a $ 1,10. Esto causaría, según se estima, que el gasto para la gente baje en promedio un 30%.

“Más allá de la pelea jurídica que estamos dando –agregó Bengolea– sería bueno que las empresas le expliquen a la gente por qué, para ellos, 10 segundos equivalen a 60 a la hora facturar.

Es una cláusula abusiva por donde se la mire, violatoria de la resolución 45/12 y contraria también a la ley de Defensa al Consumidor”.

En la Ciudad: La llamada desde celulares todavía se cobra por minuto y no por segundo

Los usuarios de telefonía esperaban una buena noticia para las Fiestas, pero tendrán que esperar. La Justicia había intimado a Movistar, Claro, Personal y Nextel a que dejen de cobrar las llamadas de a minutos enteros y pasen a fraccionarlas por segundo. Es decir, por ejemplo, que ya no facturen el costo de un minuto completo a quienes sólo conversan 5 o 10 segundos, como hasta ahora se hizo. El plazo venció ayer, pero ninguna de las cuatro operadoras modificó sus sistemaspara evitar esos “redondeos”. Por eso, ahora las denunciaron por “desobediencia”.

La intimación a fraccionar por segundo figura en medidas cautelares a las que hicieron lugar dos jueces federales de San Nicolás, a pedido de la Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). Fue en cuatro demandas colectivas iniciadas por la entidad tras considerar que, al cobrar el valor de 60 segundos cuando se habla menos, las empresas violan la resolución 45/12 de la Secretaría de Comunicaciones, según la cual las llamadas deben tasarse “hasta el momento en que finaliza la comunicación”.

Los magistrados le habían ordenado a cada empresa que, mientras avanzara la causa, ajustara “su unidad de facturación a segundos” de modo que “ cobre a los usuarios la fracción de tiempo efectivamente utilizada ”. Y las compañías, notificadas el viernes sobre esta novedad, tenían tres días para implementarla. Pero no ocurrió.

“Ninguna cambió la forma de facturar. Plantearon que les resultaba técnicamente imposible hacerlo en tres días y pidieron una prórroga, pero hasta ahora el juez no extendió el plazo. Por lo cual, se encuentranen situación de incumplimiento. Lo que hicimos, entonces, fue pedir que se las multe y que se pasen los antecedentes a la justicia penal por el delito de desobediencia”, explicó Adrián Bengolea, presidente de UCU.

Lo que argumentan en las compañías es que la resolución 45/12 no se refiere a la tasación por segundo. Según coinciden, la norma se hizo para que el usuario no deba pagar por el tiempo que pasa entre que presiona la tecla verde (“send”) y alguien contesta. Eso, afirman, se cumple sin excepciones.

Además, Claro, Personal y Movistar ya apelaron la medida cautelar, pidiendo que se las exima de cumplirla, según confirmaron sus respectivos voceros. Nextel, en tanto, no contestó las consultas.

Luis Blasco, presidente de Telefónica (Movistar), afirmó ayer que están evaluando el impacto de la medida, que a algunos clientes ya les estaban cobrando por segundo y que, en caso de aplicarse a todos, ciertos planes quizás pierdan beneficios. En Claro, por su parte, afirmaron que acatarán lo que dictamine la Justicia. Pero sobre la medida cautelar, como ellos la apelaron, consideran que ahora “no hay fechas estipuladas” para su cumplimiento.

Sin embargo, el apelar no eximiría a las empresas de acatar la orden. “Aunque la recurran, deben cumplirla sí o sí hasta que se defina el fondo del pleito ”, indicó el abogado Jorge Surin, profesor de Defensa del Consumidor de la Universidad de Belgrano.

Y también el Gobierno nacional se sumó a la polémica. El secretario de Comunicaciones, Norberto Berner, opinó ayer que el fraccionamiento por segundo ayuda a “garantizar el derecho a la comunicación a precios accesibles”. Pero advirtió, en línea con la postura de las empresas, que su implementación demandará “un análisis técnico complejo” que lleva tiempo.

El modo de fraccionamiento es muy sensible para las compañías y para los usuarios porque hay millones de pesos en juego. Basta pensar que si hoy un cliente prepago debe abonar $ 3,30 por una llamada de 20 segundos, desde ahora ese costo tendría que bajar a $ 1,10. Esto causaría, según se estima, que el gasto para la gente baje en promedio un 30%.

“Más allá de la pelea jurídica que estamos dando –agregó Bengolea– sería bueno que las empresas le expliquen a la gente por qué, para ellos, 10 segundos equivalen a 60 a la hora facturar.

Es una cláusula abusiva por donde se la mire, violatoria de la resolución 45/12 y contraria también a la ley de Defensa al Consumidor”.