Publicaciòn en el Boletìn Oficial de la Resoluciòn que da el Auspicio del Ministerio de Cultura de la Ciudad para la realizaciòn del Festival
«2020. Año del General Manuel Belgrano»
VISTO: La Ley N° 6.292, la Resolución N° 3913-MCGC/18 y su rectificatoria, el E.E.
N° 20505724-GCABA-DGTALMC/20, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Cultura;
Que el artículo 22 de la citada Ley establece entre las atribuciones del Ministerio de
Cultura la de diseñar e implementar las políticas, planes y programas tendientes a
preservar y acrecentar el acervo cultural;
Que por medio de la Resolución N° 3913-MCGC/18 y su rectificatoria Resolución N°
4862-MCGC/18 se establecieron las condiciones que debían reunir las solicitudes de
auspicios institucionales a determinados proyectos culturales de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que la organización Buenos Aires International Fashion Film Festival, a través de sus
representantes, solicitó el auspicio institucional del Ministerio de Cultura para el festival
«Buenos Aires International Fashion Film Festival (BAIFFF)», a transmitirse a través de
la plataforma YouTube y la web propia de la organización, www.baifff.tv, durante el
periodo comprendido entre los días 24 y 26 de septiembre de 2020;
Que la Dirección General Planificación y Seguimiento informó que la solicitud cumple
con lo requerido de acuerdo a los artículos 2°, 3° y 4° de la Resolución N° 3913-
MCGC/18 y su rectificatoria, lo que se refleja en el Expediente citado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1°.- Otórgase el auspicio institucional para el festival «Buenos Aires
International Fashion Film Festival (BAIFFF)», a transmitirse a través de la plataforma
YouTube y la web propia de la organización, www.baifff.tv, durante el periodo
comprendido entre los días 24 y 26 de septiembre de 2020, conforme a las
condiciones establecidas en la Resolución N° 3913-MCGC/18 y su rectificatoria
Resolución N° 4862- MCGC/18.
Artículo 2°.- El otorgamiento del auspicio institucional no ocasiona erogación
económica alguna a esteMinisterio y habilita al beneficiario a la utilización del isologo o
marca del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos
establecidos por el artículo 2° de la Resolución N° 3913- MCGC/18.
Artículo 3°.- El auspicio institucional caduca ante los supuestos establecidos mediante
el artículo 4° de laResolución N° 3913-MCGC/18.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
remítase a laDirección General Técnica, Administrativa y Legal a efectos de que se
proceda a notificar al interesado. Cumplido, archívese en la repartición de origen.
Avogadro
«2020. Año del General Manuel Belgrano»